Te informamos que estás a tiempo para reclamar por el cartel de camiones si eres uno de los afectados por el sobrecoste abonado en la compra de un camión de las marcas Volvo-Renault, Daimler-Mercedes, Iveco, DAF y MAN entre los años 1997 y 2011.
El 19 de julio de 2016 la Comisión Europea tomó la decisión por la que se sancionaba a los integrantes del cartel de camiones compuesto por Volvo-Renault, Daimler-Mercedes, Iveco, DAF y MAN. Esta decisión propició que miles de afectados pudieran iniciar sus reclamaciones al cartel de camiones.
Entendiéndose por afectados la persona física o jurídica que hubiesen adquirido un vehículo nuevo de más de 6 toneladas de dichas marcas durante el periodo comprendido entre enero de 1997 y enero 2011, y por perjuicio sufrido el sobrecoste abonado por la compra de su camión, así como el coste relativo a la implementación de la normativa por emisiones de la Unión Europea, que, a tenor de lo dispuesto por Europa, se trasladó al consumidor por parte de los fabricantes sancionados.
El 27 de septiembre de 2017 la Comisión Europea confirmaba una multa de 881 millones de euros a Scania por haber llevado a cabo las mismas prácticas que el resto de los fabricantes anteriormente señalados.
Scania, que es el único fabricante que no había reconocido los hechos, presentó un recurso de apelación ante el Tribunal General de la Unión Europea contra la sanción impuesta por la Comisión Europea. Con fecha 2 de febrero de 2022 el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestimaba el recurso de Scania, confirmando la existencia de una infracción única y continuada y su participación junto al resto de integrantes del cartel. Scania recurrió ante el TJUE dicha resolución, pero todo apunta a que acabará siendo sancionada.
Desde que se dicte resolución firme, Scania deberá responder por los daños y perjuicios causados tanto de los adquirentes de sus vehículos durante el periodo 1997-2011 como por los daños causados al resto de compradores del resto de marcas: Volvo-Renault, Daimler-Mercedes, Iveco, DAF y MAN, por lo que si eres uno de los afectados por el cartel de camiones todavía estás en plazo de reclamar la compensación de su daño.
La abogada general de la Unión Europea, Juliane Kokott, señala que el hecho de demandar a un infractor distinto (Scania) del que comercializó el bien cartelizado por el que se reclama una indemnización (cualquier otro fabricante), no afecta a la asimetría informativa existente entre la empresa cartelista y el perjudicado. Ello facilita la vía para que las reclamaciones puedan prosperar y lleguen a buen fin.
Por lo que sus conclusiones propician que los derechos de cualquier damnificado por el cártel de camiones sigan indemnes y que los mismos sigan teniendo posibilidad de efectuar reclamaciones y ser indemnizados.
Quedamos a su disposición para ampliar la información o para cualquier aclaración que necesiten.