A través de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven y las distintas medidas de estímulo para la creación de empleo, podemos encontrar una serie de bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social para aquellas empresas que contraten jóvenes menores de 30 años.
CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE
Bonificaciones/reducciones de esta modalidad:
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Reducción del 100 % en los seguros sociales. Coste 0 €.
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Bonificación del 100 % de la Formación oficial durante toda la vigencia del contrato.
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Bonificación adicional de entre 60 y 80 euros por realización de Tutoría por parte de la empresa.
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No exige mantenimiento de empleo.
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Finalizado el contrato temporal, o una de sus prórrogas, la empresa puede transformarlo en indefinido y recibir 1500 euros durante 3 años (1.800 euros si es mujer).
Características del contrato para la formación y aprendizaje:
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Requisitos de los trabajadores: menor de 30 años, inscrito como demandante de empleo y sin formación oficial relacionada con el puesto.
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Duración: de 1 a 3 años (salvo que en convenio se indique una duración menor, nunca podrá ser inferior a 6 meses o superior a 3 años).
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Periodo de prueba: 2 meses o lo establecido en convenio.
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Jornada: completa. Se dividirá en un 75 % de trabajo efectivo y un 25 % para recibir formación oficial, durante el primer año. 85 % y 15 %, si se trata del segundo o tercer año. El trabajador recibirá una formación oficial de Certificad de Profesionalidad, que podrá realizar online durante el tiempo que dure el contrato.
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Se tiene que solicitar autorización al SEPE de la contratación, por consiguiente, no puede ser inmediata. El SEPE autoriza en aproximadamente en 1 mes.
CONTRATO A TIEMPO PARCIAL CON VINCULACIÓN FORMATIVA
Bonificaciones/reducciones de la modalidad:
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Reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante la vigencia del contrato. Coste 0 €.
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Exige mantenimiento del empleo alcanzado.
Características del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa:
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Requisitos: el trabajador deberá ser menor de 30 años, inscrito como demandante de empleo y además cumplir algunos de los requisitos establecidos en el artículo 9 de la Ley 11/2013.
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Duración: indefinido o por duración determinada. Si es temporal la duración será de 12 meses, podrá prorrogarse por 12 meses más si se compatibiliza con formacón.
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Periodo de prueba: 1 mes o 2 meses si ha finalizado estudios de grado superior o certificado de profesionalidad nivel 3.
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Jornada: Parcial. E caso de contratar a un joven inscrito en Garantía Juvenil, podrá ampliarse hasta el 75 % de la jornada, es decir, 30 h/s.
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Formación: el trabajador deberá recibir formación de al menos 90 horas, del área de idiomas o informática, en los 6 meses previos o durante el contrato.
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La contratación puede ser inmediata, por qué no hay que preavisar al SEPE.