Fenómenos meteorológicos extremos. Aplicación del Art. 47 del Estatuto de los Trabajadores

«Asesoría La Costera desea expresar sus más sinceras condolencias a las familias de las víctimas afectadas por esta DANA en la Comunidad Valenciana. Nuestro apoyo y solidaridad están con todos los afectados en estos difíciles momentos.»

¿Qué debes saber si tu empresa se ha visto afectada por la DANA?

La DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que ha golpeado Valencia ha tenido consecuencias importantes tanto para personas, infraestructuras, como para la economía en general. En situaciones como estas, muchas empresas se ven forzadas a paralizar temporalmente sus actividades debido a daños en sus instalaciones, problemas de acceso, o cortes de suministros.

Ante este tipo de eventos climáticos extremos, el Estatuto de los Trabajadores (ET) ofrece soluciones para gestionar de forma adecuada la relación laboral, protegiendo tanto los derechos de los empleados como la viabilidad de las empresas.
Uno de los artículos clave en estos casos es el Artículo 47T del ET, el cual regula la suspensión temporal de los contratos de trabajo por fuerza mayor. Aquí te explicamos en detalle cómo funciona y cómo puede aplicarse si tu empresa ha sufrido las consecuencias de la DANA.

DANA Comunidad Valenciana

¿Qué es el Artículo 47T del ET y en qué casos se aplica?

El artículo 47T del Estatuto de los Trabajadores es una disposición que permite la suspensión de contratos laborales de forma temporal en situaciones extraordinarias que afecten el normal desarrollo de la actividad de una empresa. La suspensión temporal de los contratos es una medida que evita el despido, permitiendo a la empresa interrumpir temporalmente la relación laboral hasta que pueda retomar la actividad normal. Esto se considera una solución de carácter excepcional, que puede ser activada en casos de fuerza mayor debidamente justificados, como son los fenómenos meteorológicos graves o desastres naturales.

La fuerza mayor se entiende como un evento inevitable e imprevisible que no se puede controlar, como lo que ocurrió con la reciente DANA que causó graves inundaciones, cortes eléctricos y daños en infraestructuras esenciales. En estos casos, las empresas afectadas tienen la posibilidad de suspender los contratos temporalmente sin necesidad de proceder a rescindir la relación laboral de las personas trabajadoras.

¿Cómo afecta la aplicación de este artículo a los empleados?

Para las personas trabajadoras, la aplicación del artículo 47T significa que se suspende su contrato de trabajo de manera temporal, sin que esto implique la pérdida de su empleo. Durante este período, el trabajador no tiene la obligación de asistir a su puesto y, en la mayoría de los casos, puede acceder a una prestación por desempleo mientras dure la suspensión de la actividad laboral.

Procedimiento para la aplicación del artículo 47 ET:
Para que una empresa pueda acogerse a esta medida, debe seguir ciertos pasos y presentar una solicitud formal de suspensión de contratos ante la autoridad laboral correspondiente. Este procedimiento incluye:

  1. Justificación de la causa de fuerza mayor
  2. Comunicación a los trabajadores
  3. Solicitud a la autoridad laboral
  4. Resolución de la autoridad laboral

Consideraciones finales

La reciente DANA y las tormentas que ha traído consigo nos recuerdan que los fenómenos meteorológicos extremos son cada vez más frecuentes y, lamentablemente, pueden tener graves impactos en la actividad económica. Con medidas como el artículo 47T, se busca garantizar que tanto las empresas como los trabajadores puedan afrontar este tipo de sucesos de la mejor manera posible.
Si tu empresa ha sido afectada por la DANA, consulta con un asesor laboral para obtener toda la información sobre cómo aplicar este artículo y cuáles son las implicaciones específicas para tu situación.
La preparación y el conocimiento son clave para enfrentar estos tiempos difíciles, manteniendo a salvo tanto la actividad empresarial como los derechos de los trabajadores.