Uno de los errores más frecuentes a la hora de presentar nuestra declaración de la renta es, sin duda, apresurarse a aceptar el borrador. En este artículo te presentamos algunas ideas para ayudarte a exprimir los beneficios fiscales y sacarle el máximo partido a tu declaración de la renta.
Deducción estatal por alquiler de la vivienda habitual
¡Ojo!, aunque esta deducción fue suprimida, es importante recordar que podemos seguir beneficiándonos, en régimen transitorio, si el contrato de arrendamiento se celebró con anterioridad a 1 de enero de 2015. Si vuestra base imponible es inferior a 24.107,20 euros, podréis deducir el 10,05% de los importes satisfechos como alquiler. También es importante no confundir esta deducción estatal con las deducciones por alquiler que ofrecen las diferentes comunidades autónomas. En cualquier caso, para muchos contribuyentes este puede ser un aspecto clave para obtener más rendimiento de la renta.
¿Trabajas desde casa?: Suministros deducibles
Si eres autónomo y trabajas en tu casa, conviene que tengas en cuenta que desde el 1 de enero de 2018 tienes derecho a deducirte parte de los suministros de tu vivienda, como pueden ser las facturas de luz, agua, teléfono o gas, siendo indiferente que el autónomo únicamente sea propietario del 50% de la vivienda. Eso sí, es necesario indicar los metros cuadrados de la vivienda dedicados a la actividad, pues el importe de la deducción está en función de esta proporción.
Mínimo por descendientes: Error habitual
Tal y como señalan los propios técnicos de hacienda, un error habitual de muchos contribuyentes es la mala aplicación del mínimo por descendientes (recordemos, menores de 25 años a la fecha de devengo salvo que cuente con un grado de minusvalía igual o superior al 33%). Pensad en el caso de un hijo que ha realizado pequeños trabajos obteniendo rentas inferiores a 8.000 €. El hijo, al ver que el borrador le sale a devolver, y sin pensarlo demasiado, se apresura a aceptarlo, perjudicando en el proceso a sus padres, pues la cantidad que estos podrían haberse desgravado era muy superior a la pequeña cantidad que devolverán al hijo.
¿Unidad familiar dispersa por Europa?
Siguiendo con la situación familiar del contribuyente, para esta campaña la Agencia Tributaria se ha puesto al día con los nuevos tiempos y ha introducido una nueva deducción de la que podrán beneficiarse aquellos contribuyentes que cuentan con algún miembro de su unidad familiar residiendo en otro Estado de la UE o del EEE. Esta deducción pretende equiparar la cuota con la que respondería si toda la unidad familiar residiera en España y ayudará a estas familias a obtener más rendimiento de la renta, pues recordemos que en estos casos no es posible presentar declaración conjunta.
Naturalmente, hay muchos más aspectos a considerar a la hora de obtener más rendimiento de la renta, únicamente destacamos algunos de los más habituales y novedades que pensamos que puedan resultar interesantes. Como siempre decimos, a la hora de presentar tu declaración, asegúrate de estar bien asesorado/a.