Renta 2018: Novedades en el IRPF

Como sin duda ya sabréis, el pasado 2 de abril se dio pistoletazo de salida a la campaña de la renta 2018. Y como cada año, llegan frescas varias novedades que los contribuyentes hemos de tener en cuenta a la hora de preparar nuestra declaración. En el presente artículo analizaremos algunas de ellas.

1. Obligatoriedad de presentar la declaración: Nuevo umbral

Para aquellos/as que perciban sus rendimientos del trabajo de un único pagador el umbral se mantiene en 22.000 euros anuales, pero si cuentas con más de un pagador esta novedad puede afectarte directamente.

Hasta la campaña pasada, el umbral para la obligatoriedad de presentar declaración estaba fijado en 12.000 euros, y los contribuyentes con rendimientos del trabajo por debajo de dicha cantidad no estaban obligados a presentar declaración. pero en la renta 2018 esta cantidad se ha fijado en 14.000 euros. Pero, ojo, el nuevo umbral únicamente se aplica desde el 5 de julio, así que queda en 12.643.

Naturalmente, debes tener en cuenta que si no presentar declaración alguna estas renunciando a una posible devolución.

2. Deducción por maternidad: Gastos de guardería

Las mamas trabajadoras que estén pagando los servicios de custodia de una guardería o centro de educación infantil autorizado podrán beneficiarse de una deducción de 1.000 euros, a los que deberemos sumar los 1.200 ya deducibles por tener hijos menores de 3 años.

3. Prestación por maternidad/paternidad: Exentas

El Tribunal Supremo dictó, a finales del año pasado, que los ingresos correspondientes a prestaciones por maternidad/paternidad pasaban a estar exentos de tributar IRPF. Esto quiere decir que puedes recuperar todas las retenciones de IRPF que se te hayan podido aplicar sobre estas rentas durante el pasado ejercicio.

4. Reducción por rendimiento neto del trabajo

Los contribuyentes con un rendimiento neto del trabajo inferior a 16.825 euros y que no cuenten con otras rentas superiores a 6.500 euros podrán beneficiarse de una reducción de la cuota. La cuantía de la reducción asciende hasta un máximo 5.565 para aquellos que ingresaron menos 13.115 euros. No obstante, esta novedad tiene efecto a partir del 5 de julio del año pasado, por lo que es necesario realizar una serie cálculos para obtener la cantidad final.

5. Deducciones por familia numerosa

La deducción por familia numerosa se incrementa hasta los 600 euros por cada hijo que supere el límite para considerarse familia numerosa (generalmente a partir de 3 hijos). En este punto, debemos recordar que las condiciones para que una familia sea declarada como numerosa tienen en cuenta, además del número de hijos, el posible porcentaje de discapacidad de los mismos, situaciones de viudedad de los ascendentes, etc.
Estas son solo algunas de las novedades que hemos creído conveniente señalar por tratarse de las más habituales. Naturalmente, hay más novedades (personas con discapacidad a cargo, becas al estudio y de formación de investigadores, Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación…) que pueden afectar a algunos contribuyentes, pues el IRPF es un impuesto que cambia ligeramente cada año.
¡Asegúrate de estar bien asesorado!

Fuente: www.agenciatributaria.es